Margen velocidad máxima y matriculas
Margen velocidad máxima y matriculas
Tráfico multará a partir de 121 km/h
En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.
El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h .
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.
El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h .
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h . La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h , circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h , pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Me imagino que con la entrada en vigor de las nuevas normas, también llevara el cambio de los radares, ya que el no multar a menos de 133 no es una gracia que hacia el Pere, sino por el margen de error que pueden tener los radares, así como los velocímetros del automóvil.
Ese margen estaba establecido por un margen de error del 5 % del velocímetro del automóvil (6 Km) + un 10 % del radar móvil (12 Km), lo que hace un total de 18 Km (138 Km/h) y si el radar es fijo el margen de error es del 5 %. 6 + 6 = 12 (132 Km/h).
Si multan a partir de 121 Km/h es porque los radares son infalibles, ¡no!, y los velocímetros también son infalibles, porque pregunto ¿que pasa si mi velocímetro marca que voy a 119 Km/h y realmente voy a 125 Km/h?, ¿también me multan aunque yo me imaginaba que iba a una velocidad legal?
Ya veremos.
Ese margen estaba establecido por un margen de error del 5 % del velocímetro del automóvil (6 Km) + un 10 % del radar móvil (12 Km), lo que hace un total de 18 Km (138 Km/h) y si el radar es fijo el margen de error es del 5 %. 6 + 6 = 12 (132 Km/h).
Si multan a partir de 121 Km/h es porque los radares son infalibles, ¡no!, y los velocímetros también son infalibles, porque pregunto ¿que pasa si mi velocímetro marca que voy a 119 Km/h y realmente voy a 125 Km/h?, ¿también me multan aunque yo me imaginaba que iba a una velocidad legal?
Ya veremos.
- Alvaro
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Buena acotación la que haces Fran, habrá que esperar a la redacción completa y definitiva de la normativa para saber a qué atenernos, pero os adelanto que los jueces son muy exigentes con la administración en cuestiones como revisiones de los aparatos cinemómetros y sus márgenes de error, por lo que ya se me irán ocurriendo cabronadas para los recursos y alegaciones.
Nos vemos.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
...mecagoentoloquesemeneaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Apostilla Jurídica : .... un mojón ... como el sombrero de un "picaó"
Fran Galan. Socio nº 27. K-1200 GT 2006 "La Moto"
Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Alvaro, vete preparando, ahi tienes mas posibilidades de recursos jejejejeje
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- Alvaro
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
De todos modos Darío, creo que la apostilla jurídica de Fran Galán es más rotunda y convincente, aparte de su arraigo popular y procedencia del Derecho Romano....
Nos vemos.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
...esta es la demostración de que en Cataluña ya se eliminó ese margen de cortesia en el 2008:
...sanción por circular a 130 en autovía con señal de velocidad máxima de 120.
...cuidadito cuando os desplaceis hacia el corner.
...sanción por circular a 130 en autovía con señal de velocidad máxima de 120.
...cuidadito cuando os desplaceis hacia el corner.
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- Road-leader
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Lo mejor, el sello de la caixa, dentro del plazo de bonificacion.
No digo nada sobre el tema, ya que serian cosas
Simplemente, tenemos lo que merecemos.
Josep, Montilla te lo agradece..., eres un buen catalan..
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- Alvaro
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Repito que hay que esperar a leer la normativa definitiva, por dos razones fundamentales:
1.- Los velocímetros de motos y coches, (los demás también), tienen ya desde su fabricación un error que yo he calculado en la moto entre un 4 y un 5%, lo que hace fácilmente defendible ante una sanción cuestionar la exactitud del marcador y manifestar que yendo a 120 kms/h., es imposible saber si vamos a más o menos, por lo que la sanción no debería imponerse ante esa duda. Hay un principio en Derecho que es del de "seguridad jurídica", y si cuando nos compremos un vehículo no podemos saber si es exacto en su marcación, estaríamos soportando una normativa injusta y siempre en perjuicio del ciudadano.
2.- Los cinemómetros de los agentes de la autoridad son máquinas de más o menos precisión, que necesitan de reglajes y homologaciones, amén de revisiones periódicas, lo que no puede evitar físicamente un margen de error que hasta ahora se ha venido determinando por la Administración y por los jueces en +/- 10%. Con esto quiero decir que cuando un cinemómetro indique que voy a 121 kms/h., puede que sí y puede que no.
Es indudable que la pretendida modificación sigue la política del Ministerio del Interior en esta materia, pero hay algo insoslayable, los mecanismos no son exactos, ni lo serán nunca al 100% y cuando una sanción dependa de la marcación en más de un kilómetro sobre el límite autorizado, es evidente que se deberá justificar en primer lugar por el sancionador que su aparato, (cinemómetro), funciona con 0% de error, en caso contrario la sanción no prosperaría nunca. Y a ver quién garantiza un error del 0%.
Creo que estamos adelantándonos a lo que finalmente se publicará en el B.O.E., pero los tiros irán por donde acabo de analizar.
Nos vemos.
1.- Los velocímetros de motos y coches, (los demás también), tienen ya desde su fabricación un error que yo he calculado en la moto entre un 4 y un 5%, lo que hace fácilmente defendible ante una sanción cuestionar la exactitud del marcador y manifestar que yendo a 120 kms/h., es imposible saber si vamos a más o menos, por lo que la sanción no debería imponerse ante esa duda. Hay un principio en Derecho que es del de "seguridad jurídica", y si cuando nos compremos un vehículo no podemos saber si es exacto en su marcación, estaríamos soportando una normativa injusta y siempre en perjuicio del ciudadano.
2.- Los cinemómetros de los agentes de la autoridad son máquinas de más o menos precisión, que necesitan de reglajes y homologaciones, amén de revisiones periódicas, lo que no puede evitar físicamente un margen de error que hasta ahora se ha venido determinando por la Administración y por los jueces en +/- 10%. Con esto quiero decir que cuando un cinemómetro indique que voy a 121 kms/h., puede que sí y puede que no.
Es indudable que la pretendida modificación sigue la política del Ministerio del Interior en esta materia, pero hay algo insoslayable, los mecanismos no son exactos, ni lo serán nunca al 100% y cuando una sanción dependa de la marcación en más de un kilómetro sobre el límite autorizado, es evidente que se deberá justificar en primer lugar por el sancionador que su aparato, (cinemómetro), funciona con 0% de error, en caso contrario la sanción no prosperaría nunca. Y a ver quién garantiza un error del 0%.
Creo que estamos adelantándonos a lo que finalmente se publicará en el B.O.E., pero los tiros irán por donde acabo de analizar.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Josep, se agradece el dato, mi cuñada se ha ido a vivir "temporalmente" (funcionaria) a Barcelona y mi hermano viajara mucho alli.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Álvaro:
Tu post mantiene un hilo de esperanza.
Gracias.
Un abrazo.
Tito Juan Antonio.
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- Josep
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
... la verdad, Pepe, es que no sé si estoy contento por los 30€ que ahorré o cabreado por los 70 que pagué !Pepe Adsuara escribió:Lo mejor, el sello de la caixa, dentro del plazo de bonificacion.
No digo nada sobre el tema, ya que serian cosas
Simplemente, tenemos lo que merecemos.
Josep, Montilla te lo agradece..., eres un buen catalan..
...ello me hace pensar que si las sanciones fueran más baratas recaudarian muchísimo más ya que por los importes pequeños la gente no pleitea, y si dejaran negociar " ...pago ya y os olvidais de los puntos... " , la caja no se cerraba en todo el día.
...sed buenos y no corrais !
- Santiago
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
joder,.... Yo ayer fuí y volví a Barcelona todo el rato a 130.
Saludos
Saludos
- Don Corleone
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Yo propongo de ir como nos da la gana y que Alvaro nos garantize la devolucion del importe de la multa.
No pagar hoy lo que otro puede pagar mañana.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
Korly, por garantizar que no quede la cosa....
Por cierto, ¿sabes que los asuntos de inmigrantes no los domino?, no asistí a la Facultad cuando los explicaron...
Nos vemos.
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
No te has perdido nada: como tenemos igual (si no más) derechos que los españoles...Alvaro escribió::
Por cierto, ¿sabes que los asuntos de inmigrantes no los domino?, no asistí a la Facultad cuando los explicaron...
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No pagar hoy lo que otro puede pagar mañana.
- Josep
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Re: Margen velocidad máxima y matriculas
El importe íntegro de las multas de tráficose invertirá en seguridad vial
El importe íntegro de la recaudación que la DGT ingresa por las multas será destinado a seguridad vial, tal y como se ha debtado estos días en el Congreso, un tema en el que todos los grupos parlamentarios se han puesto de acuerdo.
La medida ha sido propuesta por el portavoz de CiU en el Congreso, Jodri Jané, que ha informado que todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados han llegado a un consenso respecto al dinero que recauda la DGT en multas. El importe íntegro que Tráfico recaude estará destinado a seguridad vial, a asuntos como señalizar los puntos negros o adaptar los guardarraíles para que no continúen siendo ‘guillotinas’ para los motoristas.
La medida ha sido bien acogida por todos los grupos parlamentarios, que se han mostrado partidarios de implantarla. El portavoz de Seguridad Vial del PSOE, Juan Carlos Corcuera, afirmó que la DGT ya destina la totalidad de las sanciones a políticas de seguridad, de modo que será muy fácil llegar a un acuerdo. El objetivo sigue siendo reducir la percepción recaudatoria de las multas y hacer que sean más útiles para la sociedad.
De esta forma se daría satisfacción a una vieja reivindicación de los conductores, que piden el dinero recaudado por las sanciones se destine tanto a mejorar las carreteras como a políticas de prevención y políticas educativas.
El nuevo proyecto de ley establece que la Administración General del Estado distribuirá todo el importe recaudado para financiar actuaciones y servicios en materia de seguridad vial y prevención de accidentes de tráfico.
El proyecto de ley de reforma del proceso sancionador, que se votará a finales de este mes en la Comisión de Interior, también permitirá que los conductores sólo pierdan sus puntos en autopistas a más de 150 kilómetros por hora. Por otra parte, las personas jurídicas no tendrán la obligación de entregar una dirección electrónica vial, sino que será optativo.
El importe íntegro de la recaudación que la DGT ingresa por las multas será destinado a seguridad vial, tal y como se ha debtado estos días en el Congreso, un tema en el que todos los grupos parlamentarios se han puesto de acuerdo.
La medida ha sido propuesta por el portavoz de CiU en el Congreso, Jodri Jané, que ha informado que todos los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados han llegado a un consenso respecto al dinero que recauda la DGT en multas. El importe íntegro que Tráfico recaude estará destinado a seguridad vial, a asuntos como señalizar los puntos negros o adaptar los guardarraíles para que no continúen siendo ‘guillotinas’ para los motoristas.
La medida ha sido bien acogida por todos los grupos parlamentarios, que se han mostrado partidarios de implantarla. El portavoz de Seguridad Vial del PSOE, Juan Carlos Corcuera, afirmó que la DGT ya destina la totalidad de las sanciones a políticas de seguridad, de modo que será muy fácil llegar a un acuerdo. El objetivo sigue siendo reducir la percepción recaudatoria de las multas y hacer que sean más útiles para la sociedad.
De esta forma se daría satisfacción a una vieja reivindicación de los conductores, que piden el dinero recaudado por las sanciones se destine tanto a mejorar las carreteras como a políticas de prevención y políticas educativas.
El nuevo proyecto de ley establece que la Administración General del Estado distribuirá todo el importe recaudado para financiar actuaciones y servicios en materia de seguridad vial y prevención de accidentes de tráfico.
El proyecto de ley de reforma del proceso sancionador, que se votará a finales de este mes en la Comisión de Interior, también permitirá que los conductores sólo pierdan sus puntos en autopistas a más de 150 kilómetros por hora. Por otra parte, las personas jurídicas no tendrán la obligación de entregar una dirección electrónica vial, sino que será optativo.
Re: Margen velocidad máxima y matriculas
La pas semana,el gobierno veia como en el parlamento de madrid se aprobaban un par de enmiendas al proyecto de reforma de la ley de seguridad vial en materia sancionadora-un proyecto,recordemos ,de Pere Navarro-.En la primera enmienda se fijaba mantener en autovias y autopistas los 151Km/h como velocidad minima a partir de la que se sustraeran puntos,independientemente de que la administracion local implante zonas de vlocidad variable.antes de ser aprobada esta enmienda,en Barcelona,por ejemplo,la intencion era comenzar a descontar puntos a partir de los 111Km/h...ya no podran hacerlo. SOLO MOTO Nº 1.711 del 24/03/2009 Paj. Nº 5. Un abrazo avi jaume.